DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio le la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda:
PRIMERO: Admite la acusación presentada por el ministerio Público; de igual manera admite los medios de pruebas presentados por el Ministerio Público y la calificación Jurídica dada por el Ministerio Público por la comisión de los delitos de Robo Agravado En Grado De Coautoría previsto en el artículo 458 con relación con el artículo 83 del Código Penal Venezolano en perjuicio de Jessica Jineph Torres Arroyo Y Wendy Betania Rangel Valderrama.
SEGUNDO: Se impone y se le explica didácticamente al Adolescente Acusado Se omite por razon de ley , con relación a la figura de admisión de los hechos y de seguido se le otorgó el derecho de palabra con la finalidad de que informara al tribunal si desea admitir los hechos y de seguida manifestó: "SI.....