Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Juicio, Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda :
PRIMERO: Revisa las obligaciones Impuesta al Adolescente Acusado: IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, por la presunta comisión del delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el articulo 409, del código penal, de acuerdo con lo indicado en el articulo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del niños, niñas y del adolescente .
SEGUNDO :Se establece Computo de las obligaciones Impuesta, desde fecha, 22-05-2012, hasta el día de hoy, 14-01-2013, ha cumplido ininterrumpidamente, por el lapso de siete (07) Meses y veintitrés (23) días y siendo las obligaciones impuesta por el lapso de un (01) año, le quedan por cumplir el lapso de Cuatro (04) mese y Ocho (08) días, la cual finalizara el día veinti.....