Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Juicio Sección Adolescente, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decreta: PRIMERO: Decreta el SOBRESIMIENTO DEFINITIVO a favor del joven adulto SE OMITE SU IDENTIDAD POR RAZON DE LEY Venezolano, natural de Guanare Estado portuguesa, de 17 años de edad, fecha de nacimiento 15.04-1999, Estudiante, soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 27.509.674, Hijo de: Braulio Barazarte y Nidia Clemente Mejías, residenciado: En el Barrio San Francisco, cerca del preescolar donde funciona el parquecito, casa S/Nº, Municipio Sucre Estado Portuguesa, por cumplimiento de las obligaciones impuestas en su oportunidad legal de conformidad con el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. SEGUNDO: Ordena la remisión de las presentes actuaciones al archivo definitivo.....