Por las razones expuestas este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: CONDENA: a la Adolescente Acusada: SE OMITE SU IDENTIDAD PÒR RAZON DE LEY , de nacionalidad Venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-29.610.079, Natural de Guanare, estado Portuguesa, Nacida en fecha: 27/12/2001, de 15 años de edad, de estado civil: soltero, oficio: estudiante; residenciada en la Urbanización Los Malabares, Calle Nº 08, Casa Numero: 93, Municipio, Guanare, estado Portuguesa. Hija de: Kati Dariana Alvarado Hidalgo y Néstor Antonio Piña López, Teléfono de Ubicación Nº: 0257-2566628 / 0416-8015978; por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Codigo Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana DORIANA COROMOTO LEAL SILVA, A CUMPLIR LA SANCIÓN: Un (01) AÑO, y visto que decidió acogerse.....