DISPOSITIVA:
Por los razonamientos expuestos y de conformidad con el artículo 603 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Juicio Sección Adolescente, con sede en la ciudad de Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara Responsable penalmente al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), por los delitos de Robo Agravado, previsto y sancionado en el Articulo 458 del Código Penal y Lesiones Intencionales Leves, previsto y sancionado en el Articulo 416 Ejusdem, cometido en perjuicio de la Adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), y por el delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el Articulo 458 del Código Penal en perjuicio de las adolescentes (IDENTIDADES OMITIDAS).
SEGUNDO: Se impone al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), plenamente identificado, Reglas de Co.....