DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio le la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda:
PRIMERO: Se Admite la acusación presentada por el Ministerio Público; de igual manera admite los medios de pruebas presentados por el Ministerio Público y la calificación Jurídica dada por el Ministerio Público por la comisión de los delitos de Tráfico Ilícito de Droga en Modalidad de Ocultamiento, previsto y sancionado en el articulo 149 de la Ley Orgánica de Droga.
SEGUNDO: Vista la Manifestación de voluntad del adolescente en cuanto a la admisión de los hechos se CONDENA al adolescente Acusado SE OMITE POR RAZON DE LEY, por la presunta comisión de los delitos de Tráfico Ilícito de Droga en Modalidad de Ocultamiento, previsto y sancionado en el articulo 149 de la Ley Orgánica de Droga.; imponiéndosele conforme a lo previsto en los artí.....