Por lo anteriormente plasmado, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Sección de Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, mediante el presente auto fundado, procede de conformidad con los artículos 614 en su parte in fine 646 y 647. E, todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes a DECLINAR LA COMPETENCIA, de la causa seguida contra Identidad Omitida, venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara, de 18 años de edad, nacido en fecha 24-07-93, soltero, hijo de Gladis Teresa López, residenciado en el Sector La Invasión, Buena Vista, calle 6 con calle 3 Nro.11 , casa S/Nº, diagonal a la bodega Lourdes, Municipio Cordoba Santa Ana del Estado Táchira, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Penal en perjuicio de Yolber Yoel Flores, en .....