Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; dicta el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Impone al Adolescente Sancionado: Identidad Omitida, de la Medida Sancionadora de conformidad con los artículos 626y 624 de Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Reglas de conducta: a.)Prohibición de acercarse a la victima b) La obligación de trabajar, consignando la respectiva constancia y como Libertad Asistida Recibir las orientaciones Psicológicas a través del Equipo Multidisciplinario de esta dependencia Judicial, por el lapso de un (01) año.Ofíciese lo conducente.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Ejecucion de Responsabilidad Penal Adolescentes, en la ciudad de Gu.....