DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución, de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Ratifica la sanción de reglas de conducta por seis (6) meses adicionales, al joven adulto (omitido), por los delitos de homicidio intencional frustrado y robo agravado en grado de coautoría, previsto en los artículos 405 en relación al artículo 80 segundo aparte y artículo 458 en relación al 83, todos del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana (omitida), consistentes en 1. La obligación de trabajar o estudiar consignando al Tribunal la prueba de ello y 2. La prohibición de acercarse a la víctima, por el lapso de seis (6) meses adicionales, siendo la fecha de cese el 10-09-2015.
SEGUNDO: Se suprime la sanción de libertad asistida, que consistía en recibi.....