Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; Impone a adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido el 17-09-19986, soltero, obrero, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.855.892, hijo de Maria Linares, residenciado en el barrio San Antonio, sector la invasión, casa sin número, Guanare estado Portuguesa, la medida sancionadora de Reglas de Servicio a la comunidad contenida en el articulo 625 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a cumplir por el lapso de tres meses consiste en realizar un informe que contenga cuanto niños y adolescentes viven en su comunidad, si trabajan o estudian, si existen canchas y escuelas en su comunidad, si existe junta de vecino, que actividad realizan e indicar sus n.....