DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución, de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Ratifica las medidas de Reglas de Conducta y Libertad Asistida, impuestas al sancionado (omitido), sancionado por los delitos de robo agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal y lesiones personales leves, previsto en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano Cruz Rafael Narváez, consistentes en recibir orientaciones psicológicas y seguimiento social ante el Equipo Técnico Multidisciplinario de Cumaná estado Sucre y la obligación de trabajar o estudiar presentando la constancia que así lo certifique, no involucrarse en nuevos delitos y la prohibición de acercarse a la victima y de portar armas de fuego, todo en conformidad c.....