Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con el artículo 647 literal (e) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Acuerda:
PRIMERO: Sustituir la medida de Privación de Libertad, prevista en el artículo 628 de Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, al Sancionado: Identidad Omitida, por la medida Libertad Asistida, prevista en el articulo 626 de la Ley Orgánica para La Protección del Niño, Niña y del Adolescente, recibiendo Orientaciones Psicológicas y el respectivo Seguimiento Social, a través del Equipo Multidisciplinarlo de la Sección de Responsabilidad Pena, siendo la fecha probable del posible cese de la medida el mes de Abril de 2010.
SEGUNDO: Quedan not.....