DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Impone al adolescente (omitido), de las medidas sancionadoras de conformidad con los artículos 624 y 626 de Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sancionado por el delito de robo en la modalidad de arrebatón, previsto en el artículo 456 único aparte del Código Penal, en perjuicio de Siol Piñero, por lo que se impuso como Reglas de conducta: 1. La obligación de estudiar o trabajar consignando la constancia respectiva que así lo certifique. 2. La prohibición de acercare a la víctima ciudadana Siol Piñero o su entorno familiar y 3. La prohibición de incurrir en nuevos procesos penales y Libertad Asistida consistente en recibir ori.....