TERCERO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad a los artículos 646 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda:
Primero: Cesar al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), ampliamente identificado, las medidas sancionadoras de Reglas de conducta y la medida de Libertad Asistida, previstas en los artículos 624 y 626 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, por cumplimiento de las misma en el lapso de seis (06) meses, por el que fueron impuestas.
Segundo: Se ordena oficiar al Coordinador del Equipo Técnico Multidisciplinario, adscrito al Sistema de Responsabilidad penal del Adolescente, a fin de hacerle de su conocimiento que el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), cesó en s.....