Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; de conformidad a los artículos 645 y 647 literal ¿h¿ de la ley orgánica para la protección del niño y del adolescente, declara la Cesación de la Medida de Reglas de conducta, impuesta al joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA), titular de la cédula de identidad N° 17.003.473, venezolano, de 21 años de edad, nacido el 11-12-1983, soltero, residenciado en el barrio la goajira, calle cristal con calle 03 de diciembre, casa S/N, Mesa de Cavacas, Guanare, Estado Portuguesa y se decreta la libertad plena en la Presente causa.
Notifíquese a las partes.
Regístrese y Publíquese.
Dada sellada y firmada en el Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Sección Adolescente, en la ciudad de Guanare, a los 16 días del mes d.....