En virtud de lo anteriormente expuesto y oídas como han sido las partes, este Tribunal de Ejecución en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda de conformidad con el artículo 647 literal "e" de la Ley orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente: PRIMERO: Declara Con Lugar lo peticionado por la Abg. Taide Esmeralda Jiménez Rodríguez en su carácter de defensor público en cuanto sea tramitado nuevamente la Valoración Neurológica al sancionado del joven adulto sancionado Identidad Omitida, venezolano, natural de Guanare, de 18 años de edad, nacido en fecha 28-01-1994, soltero, obrero, Titular de la Cedula de Identidad Nº 26.182.977, residenciado en el Callejón La Morita entre 11 y 12, casa s/n cerca de la Farmacia Perpetuo Socorro Chivacoa San Felipe Estado Yaracuy hijo de Juana Marcelina Terán Rodríguez, y posterior a ello fijar la audiencia oral para el posible cambio de lugar de reclusión. SEGUNDO: Se declaro Sin Lugar lo peticionad.....