Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIONES DE EJECUCION, SECCION ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, RATIFICA la medida de Privación de libertad al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA),, por el lapso que le falta por cumplir, en el Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales, siendo su fecha probable de cese de la medida, el 11 de marzo de 2006.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la sala del tribunal de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial penal del Estado Portuguesa, a los 20 de Septiembre 2005.
LA JUEZA DE EJECUCION,
Abg: SENAIDA ROSALÍA GONZÁLEZ SÁNCHEZ.
La Secretaria,
Abg: HILDA ROSA RODRIGUEZ ORTEGA.
EXP. E-168-05
SENTENCIA N° I.E.062-05