DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: Decreta la acumulación de la causa E-558-15, seguida por los delitos de tráfico ilícito de drogas en la modalidad de ocultamiento, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas y porte ilícito de armas de fuego, previsto en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, ambos en perjuicio del Estado venezolano, a la causa E-576-15, seguida por los delitos de homicidio intencional calificado y tentativa de homicidio calificado, previstos en los artículos 405 y 406.1 en relación con el artículo 80 primer aparte del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Néstor José Hernández Briceño (occiso) y Eduardo José Dun Vargas.....