Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley condena a la parte demandada, sociedad mercantil AGROINDUSTRIAL ARCA C.A., ., a pagar al demandante ciudadano, WILFREDO RAMÓN HIDALGO, los conceptos y montos señalados que suman VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO BOLIVARES CON CUARENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 24.778,42)
Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
A los Cuatro (4) días del mes de mayo de dos mil nueve. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
El Juez,
Abg. Rafael Ignacio Gainze Mejias
La Secretaria,
Abg. Dayana Oliveros