Visto la diligencia presentada por los Apoderados judiciales del actor, en la presente causa , de fecha : 16 de Noviembre del presente año, pasa a decidir sobre los pedimentos planteados ; La experticia complementaria del fallo puede ser impugnada reclamando el dictamen de los expertos, solamente puede ser reclamada por tres supuestos; 1) por que este fuera de los limites previstos, 2) por ser excesiva , 3) o por ser mínima, situación que no ocurre en el presente caso, se evidencia del escrito del experto en el folio 58 que indica la fecha señalada en la sentencia ( 09 de mayo del 2002 hasta la presente fecha) al efectuar los cálculos , quien juzga considera, que la experticia fue realizada a pegada a la Ley , en los términos y lapsos dados en la sentencia, por otra parte ; se puede observar el señalamiento del monto total el cual lo indica en la parte final del folio 58 (segunda pieza) , y por ello se le solicito la aclaratoria al experto a los fines de que el accionante pueda.....