Aunado a ello el apoderado actor en la transacción manifestó en el folio 90 que la accionante se compromete a responder ante los hijos del difunto. Es por ello que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara el recurso de apelación inadmisible por ser extemporáneo Así se establece.-