Quien suscribe, ROGIAN ALEXANDER PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.540.998, en mi carácter de Juez Provisorio de este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, expone:
Que dados los principios constitucionales expuestos, me INHIBO de seguir conociendo la presente de Amparo Constitucional Contra Sentencia Nº 01624-C-13, que intentada por el ciudadano CHAFIC ALI EL NEMR PEXFENI contra la sentencia definitiva dictada en fecha 20 de diciembre de 2012, mediante la cual se declaró con lugar la acción de desalojo en el expediente 1405-12, del Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa"
Por las razones anteriormente expuestas, en conformidad a lo pautado en el Artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, y dándole cumplimiento a lo previsto en el Artículo 93 eiusdem, remítase copia cer.....