Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la pretensión de INSERCIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN formulada por la ciudadana EUDELIA MARGARITA REYES DE URDANETA, en su condición de hermana sobreviviente del (extinto) ciudadano ANDRÉS DE JESÚS REYES SANDREA, quien era venezolano, hijo de EULIVIA SANDREA y de JENARO JOSÉ REYES, que para el momento del deceso era soltero, a los cincuenta (50) años de edad, quien era titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.514.535, domiciliado en esta ciudad de Guanare del Estado Portuguesa y quien residía en la Urbanización La Comunidad Vereda 55 de esta ciudad de Guanare del Estado Portuguesa, asimismo quedó demostrado mediante certificado médico el deceso del ciudadano ANDRES DE JESUS .....