DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de INTERDICTO RESTITUTORIO, incoada por la ciudadana: MARIBEL DEL CARMEN VALLADARES VILLEGAS, contra los ciudadanos: ALBERT WINDER BASTIDAS MÁRQUEZ y ENCARNACIÓN BASTIDAS MÁRQUEZ, todos plenamente identificados en la narrativa de esta decisión.
En consecuencia, los querellados ciudadanos: ALBERT WINDER BASTIDAS MÁRQUEZ y ENCARNACIÓN BASTIDAS MÁRQUEZ, deben restituir a la querellante ciudadana: MARIBEL DEL CARMEN VALLADARES VILLEGAS, la posesión de unas bienhechurías en la Urbanización Antonio José de Sucre, final de la calle Principal diagonal a la sub-estación Coorpoelec, de la Urbanización Antonio José de Sucre, Municipio Sucre del Estado Po.....