Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la pretensión de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, de la ciudadana HERCILIA AZUAJE, plenamente identificada, quien nació el día veintidós de septiembre del año mil novecientos sesenta y cinco 22-09-1965, en esta ciudad de Guanare del estado Portuguesa, que es hija de la ciudadana MARÍA DE LA CONCEPCIÓN AZUAJE AZUAJE.
En consecuencia, se ordena oficiar al Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, anexándole copia certificada de la decisión a los fines de su INSERCIÓN en los Libros de Registro Civil de Nacimientos Respectivo. De conformidad con los Artículos 503 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civi.....