Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los Artículos 255 y 256 ejusdem, le imparte HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCIÓN realizada por el abogado EDILIO JOSÉ PLACENCIO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 71.953, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano BENJAMIN ESCALONA BASTIDAS, por el ciudadano ELBANO RAMÓN AZUAJE, actuando en su propio nombre y en representación de AGRO-REPUESTOS LA COROMOTO, C.A, debidamente asistido por la abogada ARECELIS JACINTA GARCIA, inscrita en el inprabogado Nº 137.142, y la ciudadana ÁNGELA ROSA ESCALONA BASTIDAS, actuando en su propio nombre y en representación de sus hermanos GLADYS MARÍA ESCALONA BASTIDAS, RAMONA DEL CARMEN ESCALONA DE IRIBARREN, MÁXIMO ANTONIO ESCALONA BASTIDAS, ZULEYDA COROMOTO ESCALONA BASTIDAS, GREGORIO A.....