Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR las oposiciones a las medidas preventivas decretadas y ejecutadas que realizó la parte demandada PLANTA DE HIELO LICORERÍA Y AGENCIA DE FESTEJO GUANARE, S.A., de fecha 01 de febrero del 2013, por ante la Oficina de Registro Mercantil Primero del Municipio Guanare, según oficio número 29-13 y en esa misma fecha, en oficio número 29-A-13, por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Guanare del estado Portuguesa; en consecuencia, se mantiene y ratifica las medidas preventivas de embargo de créditos de la demandada y la prohibición de venta o cesión sobre 13.000 acciones de la PLANTA DE HIELO, LICORERÍA Y AGENCIA DE FESTEJOS GUANARE, S.A., y la prohibición de deliberar y votar en asu.....