DISPOSITIVA:
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte HOMOLOGACIÓN al CONVENIMIENTO, en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, que sigue la ciudadana: DEISY ANDREINA ROJAS PAREDES, contra el "SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL EJECUTIVO REGIONAL DEL ESTADO PORTUGUESA (SUTERDEP)", debidamente representada por la Secretaria General ciudadana: NILDA DE LA COROMOTO MÚJICA DE ARAUJO, plenamente identificados en la narrativa de la presente decisión. Así se decide.