Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. PRIMERO: SIN LUGAR la Cuestión Previa opuesta por el Abogado Andrés Guedez actuando como Apoderado Judicial de la parte demandada ciudadano Rafael Fortunato Betancourt Colmenares. Cuestión Previa contenida en el Ordinal 2º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, la ilegitimidad de la persona del actor por carecer de la capacidad necesaria para comparecer en juicio.
2. SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por el Abogado Andrés Guedez actuando como Apoderado Judicial de la parte demandada ciudadano Rafael Fortunato Betancourt Colmenares. Cuestión Previa contenida en el Ordinal 8º del Artículo 346, Cuestión Previa Prejudicial.
Se condena en costas a la parte demandada conforme lo dispon.....