Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa declara INADMISIBLE la presente demanda por PARTICIÓN DE BIENES HEREDITARIOS, que sigue la ciudadana ANA IRENE MEDINA MÉNDEZ contra los ciudadanos JAVIER MEDINA MÉNDEZ, ANABEL MEDINA MÉNDEZ y ANA IRENE MÉNDEZ DE MEDINA.