Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los Artículos 255 y 256 ejusdem, le imparte HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCIÓN realizada por los ciudadanos ERNESTO JOSÉ PACHECO SAAVEDRA y JUAN CARLOS PÉREZ BRETT, la parte actora en su propio nombre y la parte accionada asistido por el Abogado Miguel Armando Hernández Aguilera, inscrito en el Inpreabogado bajos el Nº 65.695, en los términos y condiciones señalados en la transacción. Así se Decide.-