Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los Artículos 255 y 256 ejusdem, le imparte HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCIÓN realizada por los ciudadanos CARMEN MORELIA MONTILLA DE LA CRUZ y HÉCTOR RAMÓN LA CRUZ, parte accionada, asistido por el Abogado JULIO R. FIGUEREDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.977 y el Abogado RAFAEL O. LINARES, parte actora, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.732, en los términos y condiciones señalados en la Transacción. Así se decide.-