En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA de la presente demanda por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, incoada por el BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., debidamente representado por su Apoderados Judiciales NESTOR ALVARES YEPEZ, JACKSON PÉREZ MONTANER, ARTURO MELENDEZ ARISPE y MARLENE RODRIGUEZ, contra los ciudadanos WILMER ANTONIO GONZÁLEZ LÓPEZ y PEDRO ANTONIO GONZÁLEZ PETIT, de conformidad a lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, se extingue la instancia en la presente causa.-
Notifíquese a la parte actora.-