En fuerzas de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano SANTOS AUDON PERAZA contra las ciudadanas MARÍA BERENICE PERAZA y MARÍA JUANA PERAZA, todos plenamente identificados al inicio del presente fallo, por PARTICIÓN. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto no hubo oposición se emplaza a las partes para que concurran por ante este Tribunal, el DÉCIMO (10mo) DÍA DE DESPACHO siguiente a aquel en que quede definitivamente firme el presente fallo, a las 11:00 de la mañana para que tenga lugar el acto de nombramiento de partidor.
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado vencida de confo.....