DISPOSITIVA:
Con fundamento en las consideraciones expresadas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en sede Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en uso de las atribuciones que le confiere, atendiendo al derecho constitucional a la defensa y al debido proceso que le asiste a las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 206, 211 y 245 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: la NULIDAD de todas las actuaciones subsiguientes al auto estampado de fecha 10-07-2014, inserto al folio 121 (inclusive) y en consecuencia se REPONE LA CAUSA al estado de oír la apelación en ambos efectos a dicho auto, en acatamiento a la sentencia proferida por el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción del Estado Portuguesa, en fecha 30-07-2014, que d.....