Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR la pretensión de DAÑOS MATERIALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, incoada por el ciudadano ROSARIO GONZALO GRATEROL, representado por el ciudadano JINMY DARÍO ESCALONA LOYO y debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JOSÉ MIGUEL ALDANA ROJAS contra NACIONAL DE GARANTIAS (NAGAR) C.A., antes identificados. Como consecuencia de lo anterior, debe indemnizar los daños ocasionados al vehículo del demandante, los cuales ascienden la suma de DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 16.400,00). Igualmente, sobre dicha cantidad, deberá aplicarse la indexación monetaria, a cuyos fines se acuerda una experticia complementaria del fallo que realizará un experto de.....