Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO, del ciudadano CARDENAS SALAZAR ZANDY JOSE, inscrito bajo el Nº 10, en los folios 15 y 16 frente y vuelto de los Libros de Registros Civil de Matrimonio llevado por ante La Jefatura del Departamento de Registro Civil del Municipio Papelón del Estado Portuguesa, durante el año 1987, dejándose establecido que los verdaderos nombres y apellidos del solicitante es "ZANDY JOSE CARDENAS SALAZAR", y no "ZANDY JOSE CARDENAS" como aparece en el Acta de Matrimonio".-
De conformidad con los Artículos 503 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, remítanse las copias certificadas.-