Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 eiusdem, le imparte HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCIÓN realizada por los ciudadanos: MOISÉS DAVID PIÑERO TORREALBA Y MARCOS ANTONIO PIÑERO TORREALBA, en su carácter de parte accionada debidamente asistido por el profesional del derecho ciudadano: RAFAEL BLANCO ROCHE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.252, y el profesional del derecho ciudadano: NELSON MARÍN PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.745 en su carácter de apoderado judicial del ciudadano: ADHAM JOUDIE ABOU MAHMOUD, todos plenamente identificados, supra indicados, en los términos y condiciones señalados en la transacción. Así se decide.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de las partes, por cuanto este fallo fue publicado fu.....