DISPOSITIVA:
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en Sede Civil, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana: actora ZANDRA CAZAGUAO CAZAGUAO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.041.217, declarándola CONCUBINA del ciudadano: RAFAEL MARÍA MONSALVE HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.059.477, unión estable de hecho que se inició el día trece de julio de mil novecientos noventa (13-07-1990) y se mantuvo hasta el día dieciocho de febrero de dos mil veintidós de (18-02-2022).
Confiriéndole el Tribunal a la concubina todos los efectos de la sentencia vinculante proferida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de .....