Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte HOMOLOGACIÓN al ACUERDO TRANSACCIONAL, en el juicio por DAÑOS MATERIALES, DAÑO EMERGENTE Y LUCRO CESANTE DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, que sigue el ciudadano: JOSÉ BENJAMÍN VELA GALLARDO, contra el ciudadano: FREDDY JOSÉ VIRGUEZ GONZÁLEZ, todos plenamente identificados. Así se decide.
No hay condenatoria en costas conforme a lo establecido en el artículo 277 del Código de procedimiento Civil.