En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA de la presente demanda por SIMULACION DE VENTA, incoada por el ciudadano ELIO RAMON PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.526.854, en su condición de presidente de COOPERATIVA SANTA ANA 854 R.L inscrita por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Páez del estado Portuguesa, bajo el Nº 45, Folios 1-8, Protocolo Primero, Tomo 10 de fecha 1 de Junio del 2005, contra los ciudadanos MONTERO PASCUAL, APONTES MARQUEZ ANGEL ALIS, VELIZ ALEJANDRINA DEL CARMEN, LOBATA FAVIO ANTONIO, GARCIA ANTONIO, ENRIQUE JOSE GARCIA, DOUGLAS ALEXIS LINARES VELIS, ALEXANDER TORREALBA y EUGENIO MOLINO, todos antes identificados, de conformidad a lo .....