DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ININTELIGIBLE en su propuesta y por conducto SIN MÉRITO PARA SOMETER A PROCEDIMIENTO CIVIL al abogado Henry Ramón Rodríguez Guevara, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V-8.180.670, Juez Provisorio del Juzgado Primero de Municipio Guanare del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa por el RECURSO DE QUEJA interpuesto por el ciudadano AIMAN ELKOTAR, plenamente identificado en autos. Así se decide.
SEGUNDO: Notificar al abogado Henry Ramón Rodríguez Guevara, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V-8.180.670 Juez Provisorio del Juzgado Primero de Municipio Guanare del Primer Circuito Judicial del Estado Port.....