DISPOSITIVA:
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en Sede Civil, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana: IRIS TERESA CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.051.832, declarándola CONCUBINA en vida del ciudadano: RAMÓN BASTIDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.491.179, unión estable de hecho que se inició el día 18 de marzo del 2005 y se mantuvo hasta el día 26 de julio del 2015.