Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el desistimiento del procedimiento, efectuado por el apoderado judicial de la parte actora ciudadano Abogado Ángel Ricardo Barazarte Urbina, en el proceso que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIAS E INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS contra SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCTORA EDMUCA S.A, inscrita por ante la Oficina de Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 23 de Febrero de 1973, bajo el Nº 52, Tomo 35-A, representada por su presidente JOSE MIGUEL MURAKOSY PEÑA, Venezolano, mayor de edad, titula de la cedula de identidad Nº 5.223.578. En Consecuencia, conforme a los Artículos 263, 264 y 265 del Código de Procedimient.....