Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en sede Civil, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO PRIVADO, de fecha 05-06-2008, incoada por el ciudadano AMÉRICO DE GUGLIELMO FERNÁNDEZ, contra la COOPERATIVA DE SERVICIOS MÚLTIPLES "GARZA BLANCA PORTUGUESA 06", representada por su Presidente ciudadano ÁLVARO RAFAEL ÁLVAREZ ARMAS; y el ciudadano ÁLVARO RAFAEL ÁLVAREZ ARMAS, todos plenamente ya identificados en la narrativa de esta decisión.
SEGUNDO: Se condena en costas procesales a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.