Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en Sede Civil, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana: SILVIA DEL CARMEN GONZALEZ CARMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.495.045, declarándola CONCUBINA en vida del ciudadano: FELIPE CABRERA HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.058.389, unión estable de hecho que se inició el día 07 de abril del 1957 y se mantuvo hasta el día 06 de julio del 2010.