Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, y resultar competente el Juzgado del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en la cual se declina y se acuerda remitir las presentes actuaciones, por ser la competencia en razón del valor o cuantía de estricto orden publico. Así se decide y dispone. Déjese transcurrir el lapso de ley. Guárdese en la caja fuerte del Tribunal la letra de cambio original y déjese en su lugar copia fotostática certificada.