En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA del presente juicio por INTERDICCIÓN seguido por el ciudadano FERNÁNDEZ JIMÉNEZ VIRGILIO ANTONIO al ciudadano FERNÁNDEZ JIMÉNEZ VIRGILIO ANTONIO, de conformidad a lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, se extingue la instancia en la presente causa.-