Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO Nº 900, del ciudadano: DEIVIS JOSÉ AZUAJE FERNÁNDEZ, llevado por ante el Registro y Ciudadanía del Municipio Sucre Estado Portuguesa (Prefectura del Municipio Biscucuy Distrito Sucre Estado Portuguesa), durante el año mil novecientos ochenta y siete (1.987), Nº 900 libro de Registro Civil de Nacimiento, llevado por ante la primera autoridad civil dejándose establecido que el verdadero nombre del solicitante es "DEIVIS" y no "DEIVYS" como aparece en la copia fotostática de la Cédula de Identidad.