Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el desistimiento del procedimiento, efectuado por la parte actora representado por la Apoderada Judicial Abogada JANETTE OTERO MONTILLA en el proceso que por DAÑOS MATERIALES EN ACCIDENTE DE TRANSITO sigue el ciudadano AZIY EZZY FARSI HAMMOUD, contra los ciudadanos MEJIAS GODOY ANGEL OCTAVIO, SULBARAN CRISTOBAL Y LA EMPRESA ASEGURADORA UNIVERSAL DE GARANTIAS C.A. única y exclusivamente con respecto al codemandado LA EMPRESA ASEGURADORA UNIVERSAL DE GARANTIAS C.A., continuando la causa en el estado en que se encuentra respecto a los codemandados MEJIAS GODOY ANGEL OCTAVIO y SULBARAN CRISTOBAL. En Consecuencia, conforme a los Artículos 263, 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil.- Impar.....